El acceso a recursos médicos en las instalaciones judiciales es un derecho


Una de las mayores amenazas a la justicia es nuestra falta de voluntad para tratar a todas las personas con la dignidad y el cuidado que merecen. En nuestras prisiones y cárceles de la ciudad de Nueva York, donde el estado tiene el deber absoluto de brindar atención médica a quienes están bajo control carcelario, la diabetes no se trata, los ataques de asma se ignoran y los gritos de enfermedades mentales no tratadas se ahogan. Nuestro sistema legal se ha convertido en un caldo de cultivo para la negligencia. En pocas palabras, el Estado no protege la salud física y el bienestar de las personas bajo su custodia.

Esta constante falta de acceso constante a recursos y tratamientos médicos dentro de las instalaciones judiciales tiene consecuencias nefastas. La negligencia médica mata a cientos de personas encarceladas cada año, a pesar del caso de la Corte Suprema de 1976. Estelle contra Gambleen el que el tribunal determinó que la indiferencia deliberada hacia las necesidades médicas equivale a un castigo cruel e inusual. El fallo reconoció explícitamente que ignorar las graves necesidades médicas de los prisioneros viola la Constitución de los Estados Unidos. Sin embargo, para muchos que esperan un juicio en Nueva York, estas protecciones siguen siendo más teóricas que prácticas.

De hecho, al momento de escribir este artículo, muchas personas con enfermedades crónicas o afecciones médicas agudas esperan juicio en instalaciones de todo el estado de Nueva York sin acceso oportuno a medicamentos o tratamiento. Con demasiada frecuencia, vemos que estas condiciones empeoran rápidamente, provocando sufrimiento evitable e incluso la muerte. La historia de Leron Jones, de veinticinco años, es un recordatorio devastador de esta escalofriante realidad.

En la mañana del 9 de febrero de 2024, Leron se sentó en una sala del tribunal de Manhattan esperando su próxima comparecencia ante el juez. Luego, en medio del bullicioso centro del tribunal penal de Manhattan y del registro central de la policía de Nueva York en Manhattan, Leron experimentó repentinamente un ataque severo. Mientras yacía en el frío suelo, su emergencia médica se salió peligrosamente de control. Lejos de la comodidad de un hospital, su estado se deterioró a una velocidad alarmante, hasta provocarle un paro cardíaco.

Cuando los paramédicos acudieron al lugar y continuaron con las medidas de salvamento iniciadas por los agentes de policía que se encontraban cerca, el tiempo corría. Leron fue transportado rápidamente al Hospital Presbiteriano del Bajo Manhattan de Nueva York, pero a pesar de sus mejores esfuerzos, el personal médico no pudo salvarle la vida.

La historia de Leron subraya la necesidad crítica de integrar instalaciones médicas y/o asistencia médica in situ en los juzgados y para las personas que son transportadas, bajo cualquier circunstancia, desde centros de detención, cárceles y prisiones en todo Nueva York. Garantizar que la atención médica esté fácilmente disponible en estos puntos críticos puede marcar la diferencia entre la vida y la muerte, proporcionando una salvaguardia para quienes se encuentran atrapados en la intersección implacable del sistema legal y las crisis sanitarias urgentes.

La historia de Leron es también un escalofriante recordatorio de las consecuencias mortales de este fracaso sistémico. Sin acceso a registros médicos completos, los proveedores de atención médica que tratan a personas bajo custodia se ven obligados a empezar desde cero, perdiendo un tiempo precioso reuniendo información sobre los historiales médicos de sus nuevos pacientes, los medicamentos actuales y los planes de tratamiento. Estos retrasos pueden tener consecuencias devastadoras, como lo ilustra el caso de Leron. En una emergencia médica, cada segundo cuenta. La falta de acceso constante a los registros médicos crea una brecha peligrosa en la atención, poniendo en riesgo innumerables vidas.

Debemos adoptar un enfoque alternativo. Según el Int 0098-2024, un proyecto de ley presentado recientemente al ayuntamiento, el Departamento Correccional y de Servicios de Salud Correccionales de la Ciudad de Nueva York tendría que mantener una clínica médica atendida por profesionales de la salud en cada instalación de los tribunales penales de la ciudad de Nueva York. Además, los Servicios de Salud Correccionales tendrían que preparar un documento que detalle los alimentos, medicamentos u otros servicios médicos que las personas puedan necesitar mientras se encuentran en un centro judicial. Si una persona demuestra tal necesidad, el Departamento de Corrección debe proporcionar acceso a la clínica médica para que la persona pueda ser tratada adecuadamente.

Mejorar el mantenimiento de las clínicas médicas y una lista de trabajo obligatoria de posibles necesidades médicas dentro de las instalaciones judiciales garantizaría que las personas transportadas reciban recursos adecuados y atención médica oportuna en caso de una emergencia. Esta medida es una cuestión de derechos humanos básicos, con el objetivo de promover el trato humano de aquellos atrapados en el sistema legal penal, incluso mientras continuamos luchando por la excarcelación.

Debemos crear un sistema que garantice que se satisfagan las necesidades médicas de cada individuo en cada paso del camino, independientemente del estado de su caso penal. No se trata de caridad. Se trata de reconocer la responsabilidad de la ciudad de Nueva York de proteger la salud física de cada persona bajo su custodia en todo momento.



Fuente: jacobin.com




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